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PROTECCION DEL PATRIMONIO ABIÓTICO

EJES DE PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO NATURAL

ESCENARIO PRINCIPAL Y PRÓXIMO AL EJE

En este apartado se expone un resumen de la situación global del eje extraída del documento “SITUACIÓN DE LOS EJES DEL DESARROLLO SOSTENIBLE INTEGRAL. PERSPECTIVAS DE SOSTENIBILIDAD” así como otros datos referidos a la situación del eje en el archipiélago Canario y en la isla de Gran Canaria.

El conocimiento de estas situaciones permite comprender y definir las amenazas y oportunidades con las que se encuentra el municipio de Valsequillo de Gran Canaria en este contexto.

Ancla 1

SITUACIÓN GLOBAL

Entendemos por patrimonio abiótico el suelo (en la tierra y en el mar), el aire y el agua (marina, terrestre superficial (lagos, ríos) y subterránea)

Como es obvio, todos estos componentes del ecosistema están interrelacionados, y a su vez constituyen el soporte vital para todos los seres vivos, sean vegetales, animales o los propios seres humanos.

De acuerdo con el análisis de la situación de este eje en el mundo y su evolución mas probable la solución de los problemas de la protección de patrimonio abiótico  a largo plazo exige la aplicación de una serie de medidas, entre las que cabe señalar:

Protección del aire:

  • Disminución del consumo de energías fósiles en todas sus aplicaciones como forma de mitigar el impacto producido sobre el cambio climático.

  • Uso más racional de la energía, incluyendo el ahorro de la misma.

  • Incremento del uso de energías renovables.

  • Impulso de la absorción de CO2 de la atmósfera mediante sistemas ad hoc y reforestaciones de bosques y selvas, empezando por la protección de los actuales.

  • Considerar los costes indirectos relacionados con la contaminación del aire en todas las acciones en la que este se produzca.

  • Impulsar políticas económicas y de colaboración con países en desarrollo encaminadas a que estos protejan sus ecosistemas y protejan con ello la deforestación, que supone una menor absorción de CO2 de la atmósfera.

Protección del agua (terrestre y marina):

  • Ahorro del agua potable (en consumos domésticos, agrícolas e industriales).

  • Reutilización del agua potable mediante acciones de depuración y reutilización.

  • Impedir la sobreexplotación de los acuíferos.

  • Evitar los vertidos contaminantes al subsuelo y al mar.

  • Producción artificial de agua potable, a partir de agua de mar, por procedimientos respetuosos con el medioambiente, como es el caso de algunos sistemas de desalación basados en energías renovables.

Protección del suelo (natural o modificado, urbano o agrícola):

  • Proteger la capa vegetal fértil impidiendo su contaminación o su destrucción (por ejemplo, manteniendo libres los cauces de agua, manteniendo los cultivos tradicionales en bancales, etc.).

  • Control de los suelos antropizados (espacios habitados e infraestructuras) y mantenimiento de sus superficies a ser posible (no incrementarlos a expensas de la destrucción de suelos fértiles).

  • Compensar la antropización de nuevos territorios mediante acciones de mejora, o recreación, de nuevos suelos fértiles

Como es obvio, todo este patrimonio animado se sustenta sobre el inanimado, formando el ecosistema del área de intervención, el cual a su vez es una parte fundamental del ecosistema planetario. Constituyen, por tanto, un pilar fundamental de todo desarrollo sostenible integral.

De acuerdo con el análisis de la situación de este eje en el mundo y su evolución mas probable la solución de los problemas de la protección de patrimonio biótico  a largo plazo exige la aplicación de una serie de medidas, entre las que cabe señalar:

-  Protección de los hábitat naturales, tanto terrestres como marinos, de la contaminación y la antropización (especialmente de la especulación salvaje).

-  Crear “corredores verdes” como soporte de conexión y movilidad para especies de flora y fauna.

-  Impedir la transferencia de especies radicadas en espacios naturales a otros espacios en los que puedan generar colisiones (y en particular, el tráfico y comercio de especies exóticas).

-  Preservación en su caso, o repoblación en otros, de especies en vías de extinción sobre hábitats protegidos.

En definitiva, la necesidad de que la humanidad alcance un desarrollo sostenible, que solo puede ser integral, descansa entre otros pilares en la máxima protección del patrimonio biótico actual, y la recuperación del mismo (en cuanto a especies amenazadas) cuando ello sea posible. Estas acciones formarán parte de una nueva “cultura universal” asumida por todos, y que de alguna manera ha de estar asociada al propio concepto de sostenibilidad universal.

Ancla 2

SITUACIÓN DE CANARIAS Y GRAN CANARIA

En este apartado se expone un resumen de la situación del eje en la Isla de Gran Canaria y en concreto en la situación de los recursos del mismo en la medida que Valsequillo, de forma directa o indirecta, comparte los recursos municipales con el resto de la isla.

I. PROTECCIÓN DEL SUELO EN GRAN CANARIA

Para la protección del suelo la isla de Gran Canaria cuenta con los siguientes recursos:

Normativa aplicable para la conservación y protección el suelo

Normativa sobre la Ordenación territorial:

ESTATAL

  • Ley 8/2007, de 28 de mayo, del suelo.

AUTONÓMICA

  • Ley 19/2003, de 14 de abril, por la que se aprueban las Directrices de Ordenación General y las Directrices de Ordenación del Turismo de Canarias.

  • Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias.

  • Ley 1/1987, de 13 de marzo, reguladora de los Planes Insulares de Ordenación.

 

Normativa sobre la contaminación de suelos:

Normativa aplicable

AUTONÓMICA

  • ORDEN de 10 de mayo de 2011, por la que se determina el contenido del informe de situación del suelo previsto en el Decreto 147/2007, de 24 de mayo, por el que se regula el régimen jurídico de los suelos contaminados en la Comunidad Autónoma de Canarias y se crea el Inventario de Suelos Contaminados de Canarias

  • DECRETO 147/2007, de 24 de mayo, por el que se regula el régimen jurídico de los suelos contaminados en la Comunidad Autónoma de Canarias y se crea el Inventario de Suelos Contaminados de Canarias

ESTATAL

  • LEY 11/2012, de 19 de diciembre, de medidas urgentes en materia de medio ambiente.

  • Real Decreto 9/2005, de 14 de enero, por el que se establece la relación de actividades potencialmente contaminantes del suelo y los criterios estándares para la declaración de suelos contaminados

AUTONÓMICA

  • Decreto 49/2000, de 10 de abril, por el que se determinan las masas de agua afectadas por la contaminación de nitratos de origen agrario y se designan las zonas vulnerables por dicha contaminación.

  • Ley 1/1999, de 29 de enero, de Residuos de Canarias.

 

ESTATAL

  • Ley 10/1998 de Residuos, de 21 de abril.

  • Real Decreto  2116/1998 , de 2 de octubre, por el que se modifica el Real Decreto 509/1996, de 15 de marzo, de desarrollo del Real Decreto-ley 11/1995, de 28 de diciembre, por el que se establecen las normas aplicables al tratamiento de las aguas residuales urbanas.

  • Real Decreto 509/1996, de 15 de marzo, de desarrollo del Real Decreto Ley 11/1995, de 28 de diciembre, por el que se establecen las normas aplicables al tratamiento de las aguas residuales urbanas.

  • Real Decreto 261/1996: declaración de zonas vulnerables por contaminación con nitratos.

  • Real Decreto Ley 11/1995, de 28 de diciembre, por el que se establecen las normas aplicables al tratamiento de las aguas residuales urbanas.

COMUNITARIA

  • Directiva 2008/1/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de enero de 2008, relativa a la prevención y al control integrado de la contaminación.

  • Directiva 2006/21/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de marzo de 2006, sobre la gestión de los residuos de industrias extractivas.

  • Directiva 1991/676/CEE del Consejo, de 12 de diciembre de 1991, relativa a la protección de las aguas contra la contaminación producida por nitratos utilizados en la agricultura.

Normativa sobre prevención de daños al suelo en la agricultura

COMUNITARIA

  •  Reglamento (CE) 834/2007 del Consejo, de 28 de junio de 2007, sobre producción y etiquetado de los productos ecológicos y por el que se deroga el Reglamento (CEE) 2092/91.

  • Reglamento (CE) 1257/1999del Consejo, de 17 de mayo de 1999, relativo al apoyo del Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agrícola (FEOGA) al desarrollo rural y por el que se modifican y derogan determinados Reglamentos.

  • Directiva 1991/676/CEE del Consejo, de 12 de diciembre de 1991, relativa a la protección de las aguas contra la contaminación producida por nitratos utilizados en la agricultura.

ESTATAL

  • Real Decreto  1514/2009, de 2 de octubre, por el que se regula la protección de las aguas subterráneas contra la contaminación y el deterioro

  • Real Decreto 486/2009, de 3 de abril, por el que se establecen los requisitos legales de gestión y las buenas condiciones agrarias y medioambientales que deben cumplir los agricultores que reciban pagos directos en el marco de la política agrícola común, los beneficiarios de determinadas ayudas de desarrollo rural, y los agricultores que reciban ayudas en virtud de los programas de apoyo a la reestructuración y reconversión y a la prima por arranque del viñedo.

  • Ley 45/2007, de 13 de diciembre, para el desarrollo sostenible del medio rural.

  • Real Decreto 261/1996, de 16 de febrero, sobre protección de las aguas contra la contaminación producida por los nitratos procedentes de fuentes agrarias.

AUTONÓMICA

  • Decreto 49/2000, de 10 de abril, por el que se determinan las masas de agua afectadas por la contaminación de nitratos de origen agrario y se designan las zonas vulnerables por dicha contaminación.

II. PROTECCIÓN DE AGUA (TERRESTRE Y MARINA)

Para la protección de las aguas terrestres y marinas Gran Canaria cuenta con una serie de recursos, entre los que destacan:

Legislativos

Las leyes con mayor peso son las siguientes:

  • La protección del uso del agua, las competencias del estado en las que se regulan la protección de las aguas continentales, costeras y de transición se basan en el RD Legislativo 1/2001.

  • La regulación normativa de la Comunidad Autónoma de Canarias se rige por la Ley 12/1990 de julio, de Aguas. Tiene por objeto la regulación de las aguas terrestres superficiales y subterráneas.

  • Decreto 49/2000, de 10 de abril, por el que se determina las masa de agua afectadas por la contaminación de nitratos de origen agrario y se designan las zonas vulnerables por dicha contaminación.

III. PROTECCIÓN DE LA ATMOSFERA

Para la protección del aire Gran Canaria cuenta con un conjunto de recursos, entre los que destacan:

Legislativos

Se rige a nivel Europeo por la Directiva 96/62/CE

 

ESTATAL

Leyes:

  • Se rige en el ámbito estatal por la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera (reducir la contaminación transfronteriza, proteger la capa de ozono, combatir el cambio climático)

Decretos:

  • Real Decreto 1073/2002, de 18 de octubre, sobre evaluación y gestión de la calidad del aire ambiente en relación con el dióxido de de azufre, dióxido de nitrógeno, óxidos de nitrógeno, partículas, plomo, benceno y monóxido de carbono.

  • Real Decreto 1796/2003, de 26 de diciembre, relativo al ozono en el aire ambiente. Real Decreto 508/2007, de 20 de abril, por el que se regula el suministro de información sobre emisiones del Reglamento E-PRTR y de las autorizaciones ambientales integradas.

  • Real decreto 812/2007, de 22 de junio, sobre evaluación y gestión de la calidad del aire ambiente en relación con el arsénico, el cadmio, el mercurio, el níquel y los hidrocarburos aromáticos policíclicos.

  • Decreto 833/1975, de 6 de febrero, por el que se desarrolla la Ley 38/1972, de 22 de diciembre, (Ley derogada), de protección del ambiente atmosférico.

AUTONÓMICA

  • Orden de 17 de diciembre de 2008, por la que se aprueba el Plan de Actuación de Calidad del Aire de la Comunidad Autónoma de Canarias.

  • Orden de 1 de febrero de 2008, por la que se aprueba la zonificación para la evaluación de la calidad del aire en la Comunidad Autónoma de Canarias.

  • Ley 3/2009, de 24 de Abril, de la Agencia Canaria de Desarrollo Sostenible y Cambio Climático.

Acciones de protección de la atmósfera

  • Plan de Impulso del Medio Ambiente (PIMA): Plan para la reducción de las emisiones de gases contaminantes, mediante la renovación del parque de vehículos comerciales por otros menos contaminantes. Se rige por el Real Decreto 89/2013 de 8 de febrero, por el que se regula la consicón directa de Ayudas del Plan de Impulso al Medio Ambiente para la adquisición de vehículos comerciales.

  • SABIA: es un sistema de Información para la tramitación telemática de los procedimientos de evaluación ambiental y tiene como objetivo mejorar la gestión de las evaluaciones ambientales aglutinando las bases de datos de expedientes de evaluación ambiental, planes etc.

  • Sistema Español de Inventario: El Sistema Español de Inventario y Proyecciones de Emisiones de Contaminantes a la Atmósfera se desarrolla con el fin de evaluar y actualizar anualmente las emisiones antropogénicas por fuentes y la absorción de sumideros, así como sus proyecciones, de los gases de efecto invernadero regulados por el Protocolo de Kyoto del Convenio Marco sobre Cambio Climático, así como otros contaminantes regulados por el Convenio de Ginebra de Contaminación Atmosférica Transfronteriza a Larga Distancia y la Directiva de Techos Nacionales de Emisión, de acuerdo con los criterios y normas internacionales y comunitarias vigentes.

 

Recursos Materiales

  • Centro de Seguimiento de Emisiones de Canarias, con sede en Gran Canaria

  • Centro Meteorológico de Las Palmas de Gran Canaria

V. PROTECCIÓN DEL ESPACIO LUMÍNICO

Generalidades

Gran Canaria, salvo en situaciones locales o temporales, se puede considerar que no presenta grandes problemas en cuanto a contaminación lumínica.

La isla cuenta con un gran potencial para la observación astronómica, pero la proliferación de espacios urbanos y turísticos impide la utilización del gran recurso “oscuridad” de Gran Canaria.

Para reducir la contaminación lumínica, la Ley 34/2007 de calidad del aire y protección de la atmósfera sugiere lo siguiente:

  • Promover un uso eficiente del alumbrado exterior, sin menoscabo de la seguridad que debe proporcionar a los peatones, los vehículos y las propiedades.

  • Preservar al máximo posible las condiciones naturales de las horas nocturnas en beneficio de la fauna, la flora y los ecosistemas en general.

  • Prevenir, minimizar y corregir los efectos de la contaminación lumínica en el cielo nocturno, y, en particular en el entorno de los observatorios astronómicos que trabajan dentro del espectro visible.

  • Reducir la intrusión lumínica en zonas distintas a las que se pretende iluminar, principalmente en entornos naturales e interior de edificios.

Legislación aplicable

Ley 34/2007 de calidad del aire y protección de la atmósfera.

El Real Decreto 1890/2008, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de eficiencia energética en instalaciones de alumbrado exterior y sus Instrucciones técnicas complementarias EA-01 a EA-07 que plantea una serie de medidas principalmente desde la perspectiva del ahorro energético, y para limitar el resplandor luminoso nocturno o contaminación luminosa y reducir la luz intrusa o molesta.

El Gobierno Español a propuesta del parlamento de las Islas, aprobó el 31 de octubre de 1988 la Ley sobre Protección de la Calidad Astronómica de los Observatorios del IAC (Ley 31/1988) y el 13 de marzo de 1992 el Reglamento que la regula (R.D. 243/1992).

El IAC dispone de una Oficina Técnica para la Protección de la Calidad del Cielo (OTPC), que orienta a los ciudadanos sobre cómo cumplir la ley y controla su aplicación.

La ley abarca cuatro aspectos fundamentales:

  • Contaminación lumínica: Regula la iluminación de exteriores en la Isla de la Palma y la parte de la isla de Tenerife que tiene visión directa desde la isla de La Palma protegiendo estas zonas de la contaminación lumínica.

  • Contaminación radioeléctrica: Establece los niveles de radiación electromagnética para que no se interfieran los equipos y medidas de los observatorios protegiéndolos de la contaminación radioeléctrica.

  • Contaminación atmosférica: Controla las actividades que puedan degradar la atmósfera en el entorno de los observatorios protegiéndolo de la contaminación atmosférica.

  • Rutas aéreas: Regula el tráfico aéreo sobre los observatorios evitando interferencias por rutas aéreas.

VI. PROTECCIÓN DEL ESPACIO RADIOELÉCTRICO

Generalidades

Gran Canaria no se encuentra especialmente afectada por contaminación radioeléctrica.

La isla, al igual que el resto de Canarias, está protegido por la realización periódica de medidas de fondo de radioinfluencia en los observatorios del Teide y El Roque de los Muchachos y por un equipo operativo, automático, de registro de niveles que funciona las 24 horas a fin de detectar frecuencias con niveles superiores a los establecidos por Ley. La Ley establece los niveles de radiación electromagnética para que no se interfieran los equipos y medidas de los observatorios.

Esto afecta a la instalación y funcionamiento de estaciones de radiocomunicaciones y se establece un límite de la densidad de flujo de potencia W/m2, producido sobre los observatorios del Instituto de Astrofísica de Canarias.

Legislación aplicable

Ley sobre Protección de la Calidad Astronómica de los Observatorios del IAC (Ley 31/1988) y el 13 de marzo de 1992 el Reglamento que la regula (R.D. 243/1992).

La ley abarca cuatro aspectos fundamentales, uno de ellos la contaminación radioeléctrica: Establece los niveles de radiación electromagnética para que no se interfieran los equipos y medidas de los observatorios protegiéndolos de la contaminación radioeléctrica.

Flora ( terrestre )

FLORA (TERRESTRE)

Para la protección de este rico patrimonio natural Gran Canaria cuenta con un conjunto de recursos, entre los que destacan:

 

Legislativos

Ley 4/2010, de 4 de junio, del Catálogo de Especies Protegidas, que deroga el Decreto 151/2001, de 23 de Julio por el que se crea el Catálogo de Especies Amenazadas de Canarias, adaptándose al nuevo marco legislativo derivado de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, según la cual se identifican las especies y sus categorías de protección.

 

II. FAUNA (TERRESTRE)

Para la protección de este rico patrimonio natural Gran Canaria cuenta con un conjunto de recursos, entre los que destacan:

 

​Legislativos:

Espacios protegidos

 

RED NATURA 2000: es un referente para la conservación de la naturaleza.

 

La Directiva 79/409/CEE, relativa a la conservación de las aves silvestres (DirectivaAves), que ha dado lugar a las denominadas Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPAs). En Gran Canaria se han declarado 5 ZEPAs, que ocupan una extensión aproximada de 21.181 ha.

 

La Directiva 92/43/CEE, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres (Directiva Hábitats), que recoge la obligatoriedad de proteger una lista de hábitats, muchos de los cuales de han localizado en Gran Canaria, siendo de especial valor aquellos endémicos. De hecho, existen 38 de Zonas de Especial Conservación (ZECs) declaradas, que ocupan tanto espacios terrestres como marinos y suman una superficie total de 114.074,74 ha. de las cuales 51.671,74 son de carácter oceánico

 

Centros de protección:

CEPLAM Centros de Planificación Ambiental: información ambiental, biografía ambiental, videoteca ambiental, diapoteca y educación ambiental

 

Centro de Rehabilitación de Fauna Silvestre de Tafira: recuperación de la fauna accidentada.

 

Espacios naturales protegidos

 

Gran Canaria cuenta con numerosos Espacios Naturales Protegidos: Parques Naturales, Zonas de Especial Protección de ves, Lugares de interés Comunitario etc. Por otro lado, gran parte de Gran Canaria es Reserva mundial de la Bioesfera.

 

ÁMBITO INTERNACIONAL:

 

Reserva de la Bioesfera

 

SEO/Birdlife

 

LICs

 

Red Natura

 

      RED NATURA 2000: es un referente para la conservación de la naturaleza.

Los espacios que forman parte de Natura 2000 son de dos tipos. Por un lado, las Zonas Especiales de Conservación (ZEC), previamente consideradas como Lugares de Importancia Comunitaria (LICs), y por otro las Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA), ya designadas por los estados miembros con arreglo a las disposiciones de la Directiva de Aves Silvestres (Directiva del Consejo 79/409/CEE) pero a las que la Directiva de Hábitats integra en la red europea.

 

La Directiva 79/409/CEE, relativa a la conservación de las aves silvestres (Directiva Aves), ha dado lugar a las denominadas Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPAs). En Gran Canaria se han declarado 5 ZEPAs, que ocupan una extensión aproximada de 21.181 ha.

 

ZEPA: Ayagaures y Pilancones. Superficie de 9.689,347has

 

ZEPA: Macizo de Tauro. Superficie de 1.244,183 has

 

ZEPA: Ojeda, Inagua y Pajonales. Superficie de 3.527,657 has

 

ZEPA: Tamadaba. Superficie de 8.557,575 has

 

ZEPA: Juncalillo del Sur. Superficie: 186,397 has

 

La Directiva 92/43/CEE, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres (Directiva Hábitats), que recoge la obligatoriedad de proteger una lista de hábitats, estas zonas son: Área marina de La Isleta, Bahía del Confital, Bandama, Pino Santo, Jinámar, Azuaje, Barranco de la Virgen, Los Tilos De Moya, Barranco Oscuro, El Brezal, Punta del Mármol, Amagro, Costa de Sardina del Norte, Tamadaba, El Nublo II, Ojeda-Inagua-Pajanles, Güigüí, El Nublo, Sebadales de Güigüí, Franja Marina de Mogán, Macizo de Tauro, Macizo de Tauro II, Pilancones, Fataga, Amurga, Barranco de Guayadeque, Los Marteles, Riscos de Tirajana, Hoya del Gamonal, Roque Nublo, Dunas de Maspalomas, Sebadales de Playa del Inglés, Juncalillo del Sur, Playa del Cabrón, Arinaga, Punta de la Sal, Bahía de Gando y Tufia.

 

2.  ÁMBITO ESTATAL:

 

La Ley 5/2007, de 3 de Abril, de la Red de Parques Nacionales regula la protección a nivel estatal. Actualmente esta competencia recae en el Gobierno de Canarias.

3.  ÁMBITO AUTONÓMICO:

Parques Naturales Integrales:

 

Reserva Natural Integral de Inagua: Cuenta con 3920,3 has. y se encentra en los municipios de Tejeda, Mogán y La Aldea de San Nicolás. Refugio principal de especies como el pinzón azul. Está declarada ZEPA.

 

Reserva Natural Integral del Barranco Oscuro: Tiene 35,2 has y se encuentra entre los municipios de Moya y Valleseco. De gran riqueza florística y faunística, sobre todo invertebrados. Entre la flora cuenta con más de 40 especies endémicas de Canarias, siendo una docena de las mismas propias de Gran Canaria.

 

Reservas Naturales Especiales:

 

Reserva Natural Especial de El Brezal: Cuenta con 107 has y pertenece al municipio de Santa María de Guía. Entre su flora destacan endemismos como el bicácaro o la esparraguera. Está declarada Zona de Sensibilidad Ecológica.

 

​Reserva Natural Especial de Azuaje: Tiene 61,1 has y pertenece a los municipios de Firgas y Moya. Cuenta con flora amenazada como la laurisilva y abundantes endemismos. Está declarada Zona de Sensibilidad Econlógica.

Reserva natural Especial de Los Tilos de Moya: Cuenta Con una superficie de 91,5 has. y se encuentra entre los municipios de Santa María de Guía y Moya. La flora y fauna se componen de las especies típicas de laurisilva, contando con multitud de endemismos de alto interés científico (más de 50 especies de plantas y varios cientos de invertebrados), algunos en peligro como la chahorra o la cresta de gallo.

Reserva Natural de Los Marteles: Son 3568,7 has y se encuentra entre los municipios de Santa Lucía, Agïmes, Valsequillo, San Mateo, San Bartolomé, Ingenio, telde y Tejeda. Cuenta con una amplia variedad de hábitats donde sobresalen los acebuchales y saucedas y los farallones. En sus escarpes se concentra una alta biodiversidad vegetal endémica de gran interés científico. Se trata de un área de Sensibilidad Ecológica.

Reserva Natural Especial de las Dunas de Maspalomas: Cuenta con 403,9 has y se encuentra en San Bartolomé. Gran parte de la flora y algunas especies orníticas que visitan zonas húmedas de este espacio. Abundan especies de insectos sabulícolas relacionadas con la fauna africana. Se trata de un Área se Sensibilidad Ecológica.​

 

Reserva Natural Especial de Güigüi: Tiene 2920,9 has y se encuentra en San Nicolás. Entre la flora destacan endemismos en peligro cuyas poblaciones se distribuyen totalmente por el interior de la reserva, como por ejemplo el cabezón. En cuanto a la fauna, los acantilados costeros nidifican carias especies amenazadas de aves. Está considerada Área de Sensibilidad Ecológica.

Parques naturales:​

 

Parque natural de Tamadaba: Ocupa 7538,6has y se encuentra entre Agaete, Artenara y San Nicolás. En Tamadaba se encuentra uno de los pinares naturales mejor conservados de la isla. Existen otros biosistemas bien conservados como son los de los barrancos y los cardonales y tabaibales de zonas bajas, además de los hábitats de escarpes. En los riscos de Guayedra se encuentran varias especies amenazadas. Además determinadas especies de aves endémicas y amenazadas encuentran en los pinares áreas idóneas de nidificación. Se trata de una zona ZEPA y un Área de Sensibilidad Ecológica

 

Parque natural de Pilancones: Son 5794,4 has en el municipio de San Bartolomé. El pinar constituye un hábitat en buen estado de conservación con buenas poblaciones avícolas, por lo que se ha incluido como ZEPA. También son importantes los cardonales y tabaibales. Por todo el espacio se distribuyen especies amenazadas de la flora y fauna, siendo estos de Interés Científico.

 

Parques Rurales:

 

Parque Rural del Nublo: Cuenta con 26307,4 has y se encuentra entre los municipios de Artenara, Tejeda, San Nicolás, Mogán, San Bartolomé, San Mateo, Valleseco y Moya. Alberga hábitats naturales en buen estado, abundantes especies endémicas y amenazadas, algunas de las cuales se restringen a este espacio natural como el rosalillo. Los pinares, las abundantes charcas artificiales y acantilados son hábitats importantes para aves. Está considerado como Área de Sensibilidad Ecológica y ZEPA.

 

Parque Rural de Doramas: Cuenta con una superficie de 3586 has encontrándose enter los municipios de Santa Mº de guía, Moya, Firgas, Valleseco, Arucas y Teror. Está considerado Área de Sensibilidad Ecológica.

 

Monumentos Naturales:

 

Monumento Natural de Amagro: Tiene 407,7 has y se ubica en Gáldar. Está declarado Área de Sensibilidad Ecológica.

 

Monumento Natural de Bandama: Cuenta con 325,7 has y pertenece a los municipios de Las Palmas, Telde y Santa Brígida.  Está declarado área se Sensibilidad Ecológica. Se ubica dentro del Paisaje protegido de Tafira.

 

Monumento Natural del Montañón Negro: Cuenta con 193,6 has y pertenece a los municipios de Moya, Gáldar, Santa María de guía y Valleseco. Está declarada área se Sensibilidad Ecológica.

 

Monumento Natural del Roque Aguayro: Son 806,6 has y se encuentra en Santa Lucía y Agüimes. Está declarado área se Sensibilidad Ecológica.

 

Monumento Natural de Tauro: Cuenta con 1256,6 has y se ubica en Mogán. En la parte alta se asientan importantes comunidades boscosas. Está declarada área se Sensibilidad Ecológica y ZEPA.

 

Monumento Natural de Arinaga: Son 90,7 has y se encuentra en Agüimes. Existen varios endemismos amenazados, tanto vegetales ocmo animales, entre ellos el lagarto Gallotia atlántica delibesi. Está declarado área se Sensibilidad Ecológica.

Monumento Natural del Barranco de Guayadeque: Cuenta con 725,5 has y se encuentra entre Agüimes e Ingenio. Cuenta con una muestra importante de la flora autóctona, con abundantes endemismos canarios y macaronésicos. Existen elementos naturales singulares de la flora. Está declarado área se Sensibilidad Ecológica.

 

Monumento Natural Riscos de Tirajana: Son 772,2 has y pertenece a los municipios de San Mateo, Tejeda, San Bartolomé, Santa Lucía y Valsequillo.  Presenta numerosos endemismos con especies amenazadas y protegidas. En el escarpe ha llegado a nidificar algún halcón protegido por la normativa nacional e internacional. Está declarado área se Sensibilidad Ecológica.

 

Monumento Natural del Roque Nublo: Cuenta con 451,8 has y se ubica en Tejeda. Cuenta con gran singularidad y representatividad en el paisaje de la isla. Está declarado área se Sensibilidad Ecológica. Se encuentra incluido dentro del Parque Rural del Nublo.

 

Monumento Natural Del barranco del Draguillo: Son unas 234,5 has y se ubica en Telde e Ingenio. En sus laderas se encuentran ecosiste, las naturales y flora autóctona, con endemismos canarios y macaronésicos. La vegetación potencial corresponde casi exclusivamente al dominio del bosque termófilo, salvo en cotas bajas que corresponde al piso basal. La vegetación actual está formada en su mayor parte pro matorral de sustitución como tabaiba amarga, vinagrera, tajinaste, verode y aulaga. Existe una formación acebuchal-palmeral en la cabecera. En las zonas más bajas aparecen cardonales y tabaibales de Euphorbia balsamífera. Está declarado área se Sensibilidad Ecológica.

Paisaje Protegido

Paisaje Protegido de La Isleta: Son 462,49 has y se encuentra ene l municipio de Las Palmas. Está declarado área se Sensibilidad Ecológica.

Paisaje Protegido de Pino Santo: Cuenta con 3012,3 has y se encuentra en Las Palmas, Santa Brígida, Teror y San Mateo. Cuenta con importantes representaciones de acebuchales.​

 

Paisaje Protegido de Tafira: Cuenta con 1413,6 has y se ubica en Telde, Santa Brígida y Las Palmas. Entre la vegetación existente destacan endemismos como palmeras, dragos, marmulanos etc. Está declarado área se Sensibilidad Ecológica.

Paisaje Protegido de Las Cumbres: Son unas 4329 has y se ubica en los municipios de Artenara,  Gáldar, Santa María de guía, Moya, Valleseco, Tejeda, San Mateo y Valsequillo. Hay abundantes endemismos y especies amenazadas como la margarita plateada protegida por la normativa regional. Está declarado área se Sensibilidad Ecológica.

Paisaje Protegido de Lomo Magullo: Cuenta con 176 has y se ubica en Telde y Valsequillo.

 

Paisaje protegido de Fataga: Tiene 3004,6 has y se encuentra en San Bartolomé. Alberga hábitats naturales en buen estado de conservación, como son los palmerales y los escarpes. Es importante destacar la presencia de sabinas. Esta declarado como ZEPA.​

 

Paisaje Protegido de Montaña de Agüimes: Cuenta con 285,2 has. y se ubica en los municipios de Ingenio y Agüimes.

Sitios de Interés Científico:​

 

Sitio de Interés Científico de Jinámar: Tiene 29,6 has. y se encuentra entre las Palmas y Telde. Cuenta con un endemismo muy amenazado, la hierbamuda. Está declarado área se Sensibilidad Ecológica.

Sitio de Interés Científico de Tufia: Tiene 54,1 has y se ubica en Telde. Cuenta con dos endemismos vegetales protegidos que están seriamente amenazados, como son el chaparro y la piña de mar. Hay una buena representación de hábitats halófilo y sabuícola.  Está declarado área se Sensibilidad Ecológica.​

 

Sitio de Interés Científico del Roque de Gando: Cuenta con 0,5 has y en encuentra en Telde. Está declarado área se Sensibilidad Ecológica.

Sitio de Interés Científico de Juncalillo del Sur: Cuenta con 192 has y se ubica en San Bartolomé. Alberga una de las escasas poblaciones del amenazado chaparro. Las charcas naturales de la costa constituyen un hábitat en buen estado de conservación incluido en la red de ZEPA donde se refugian muchas especies limícolas y migradoras.​

 

A continuación se presenta un mapa con la distribución de  los principales espacios naturales de la isla de Gran Canaria:
 

Espacios Naturales Protegidos. Fuente: IDE Canarias. Gobierno de Canarias.

 

En el siguiente mapa se presenta una distribución en la isla de las especies protegidas, de acuerdo con la información extraída del Gobierno de Canarias:
 

Legislación aplicable  (BIODIVERSIDAD)​

 

AUTONÓMICA

ORDEN de 2 de mayo de 2011, por la que se fijan determinados aspectos del marisqueo a pie para la recolección de algunas especies de mariscos de Canarias. ORDEN de 18 de mayo de 2011 por la que se modifica puntualmente.

 

LEY 4/2010, de 4 de junio, del Catálogo Canario de Especies Protegidas.

 

DECRETO 62/2006, de 16 de mayo, por el que se establecen medidas para favorecer la protección, conservación e identidad genética de la palmera canaria (Phoenix canariensis).

 

DECRETO 188/2005, de 13 de septiembre, por el que se modifica el Decreto 151/2001, de 23 de julio, que crea el Catálogo de Especies Amenazadas de Canarias. DEROGADO excepto los términos segundo, tercero y cuarto según se establece en la Disposición Transitoria de la Ley 4/2010.

 

ORDEN de 19 de febrero de 2003, por la que se desarrolla la Disposición Adicional Segunda del Decreto 178/2000, de 6 de septiembre, que regula las actividades de observación de cetáceos.

 

DECRETO 151/2001, de 23 de julio, por el que se crea el Catálogo de Especies Amenazadas de Canarias. DEROGADO excepto los artículos 5.2, 5.3, 5.4, 7, 8 y 9 según se establece en la Disposición Transitoria de la Ley 4/2010.

 

DECRETO 178/2000, de 6 de septiembre, por el que se regulan las actividades de observación de cetáceos.

 

ORDEN de 1 de junio de 1999, por la que se crea el Banco de Datos de Biodiversidad de Canarias.

 

DECRETO 98/1998, de 26 de junio, por el que se prohíbe la liberación en el medio natural y la comercialización en vivo del cangrejo de río americano (Procambarus clarkii) en Canarias.

 

ORDEN de 20 de febrero de 1991, sobre protección de especies de la flora vascular silvestre de la Comunidad Autónoma de Canarias.

 

​ESTATAL

REAL DECRETO 1628/2011, de 14 de noviembre, por el que se regula el listado y catálogo español de especies exóticas invasoras.

 

REAL DECRETO  1599/2011, de 4 de noviembre, por el que se establecen los criterios de integración de los espacios marinos protegidos en la Red de Áreas Marinas Protegidas de España.

 

REAL DECRETO 1274/2011, de 16 de septiembre, por el que se aprueba el Plan estratégico del patrimonio natural y de la biodiversidad 2011-2017, en aplicación de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.

 

ORDEN ARM/2090/2011, de 22 de julio, por la que se establecen medidas provisionales de protección frente al caracol manzana Pomacea insularum y Pomacea canaliculata. ORDEN ARM/2294/2011 por la que se modifica.

 

REAL DECRETO 556/2011, de 20 de abril, para el desarrollo del Inventario Español del Patrimonio Natural y la Biodiversidad.

 

REAL DECRETO139/2011, de 4 de febrero, para el desarrollo del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas.Corrección de errores.

 

REAL DECRETO 342/2010, de 19 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 664/2007, de 25 de mayo, por el que se regula la alimentación de aves rapaces necrófagas con subproductos animales no destinados a consumo humano.

 

REAL DECRETO  1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión.

 

REAL DECRETO  1727/2007, de 21 de diciembre, por el que se establecen medidas de protección de los cetáceos.

 

LEY 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.

 

REAL DECRETO 664/2007, de 25 de mayo, por el que se regula la alimentación de aves rapaces necrófagas con subproductos animales no destinados a consumo humano.

 

REAL DECRETO 435/2004, de 12 de marzo, por el que se regula el Inventario nacional de zonas húmedas.

 

LEY 31/2003, de 27 de octubre, de conservación de la fauna silvestre en los parques zoológicos.​

 

COMUNITARIA

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) nº 828/2011 de la Comisión, de 17 de agosto de 2011, por el que se suspende la introducción en la Unión de especímenes de determinadas especies de fauna y flora silvestres.

 

DIRECTIVA 2009/147/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de noviembre de 2009, relativa a la conservación de las aves silvestres.

REGLAMENTO (CE) nº 865/2006 de la Comisión, de 4 de mayo de 2006, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) nº 338/97 del Consejo relativo a la protección de especies de la fauna y flora silvestres mediante el control de su comercio (Texto consolidado 25/02/2008).

 

DIRECTIVA 1999/22/CE del Consejo, de 29 de marzo de 1999, relativa al mantenimiento de animales salvajes en parques zoológicos.

 

REGLAMENTO (CE) nº 338/97 del Consejo, de 9 de diciembre de 1996, relativo a la protección de especies de la fauna y flora silvestres mediante el control de su comercio (Texto consolidado 15/08/2010).

 

DIRECTIVA 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres (Texto consolidado 01/01/2007).​

CONVENIOS INTERNACIONALES​

CONVENIO SOBRE LA DIVERSIDAD BIOLÓGICA. Instrumento de ratificación de 16 de noviembre de 1993 del Convenio sobre la Diversidad Biológica, hecho en Río de Janeiro 5 de junio de 1992.

 

CONVENIO DE BONN. Convención sobre la conservación de las especies migratorias de animales silvestres, hecho en Bonn el 23 de junio de 1979. Texto corregido según acuerdo de la tercera reunión de la conferencia de los Estados contratantes celebrada en Ginebra del 9 al 13 de septiembre de 1991.

 

CONVENIO DE BERNA. Instrumento de ratificación de 13 de mayo de 1986 del convenio de 19 de septiembre de 1979 relativo a la conservación de la vida silvestre y del medio natural en Europa, hecho en Berna.Relación de especies endémicas de flora canaria propuestas por el Estado Español para su inclusión en el anejo

 

CONVENIO CITES. Instrumento de Adhesión de España de 16 de mayo de 1986 a la Convención de 3 de marzo de 1973 sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres, hecho en Washington.

 

CONVENIO RAMSAR. Instrumento de 18 de marzo de 1982 de adhesión de España al Convenio relativo a Humedales de importancia internacional, especialmente como hábitat de aves acuáticas, hecho en Ramsar el 2 de febrero de 1971.Resolución de 17 de octubre de 2002, con la inclusión en la lista del Convenio de Ramsar  del saladar de Jandía.

Ancla 3

SITUACIÓN DE VALSEQUILLO

En este apartado se expone un resumen de todos los datos que han sido encontrados y utilizados, con objeto de conocer las debilidades y fortalezas de Valsequillo relativas a este eje.

I. PROTECCIÓN DEL SUELO EN VALSEQUILLO
Necesidades de protección de suelos en valsequillo

El municipio de Valsequillo tiene una orografía muy accidentada y posee hitos geológicos y geomorfológicos de gran peculiaridad e interés, tanto a nivel nacional como internacional.

En la Mancomunidad de Municipios de Medianías de Gran Canaria se tienen ejemplos de todos los ciclos eruptivos de la isla. El ciclo eruptivo II, denominado Ciclo Roque Nublo, es el más destacable de la parte central de la isla, formando importantes relieves en plancha. El Ciclo Post Roque Nublo aparece en Valsequillo, en donde se encuentran el sistema de pitones de carácter ácido, de tipo domático y composición fonolítica identificados en los Roques de Tenteniguada. Del mismo modo, el ciclo eruptivo más reciente tiene también importantes representaciones en diferentes estados de conservación según su antigüedad, destacando sobre todo los siguientes volcanes: Montaña Cabreja, La Bodeguilla; Los Marteles, Montaña de Troya, La Calderilla, La Vinculación, Las Arenas, Camaretas, Monte Lentiscal o Bandama (en toda la MMMGC).

Los  impactos directos sobre el territorio en Valsequillo, al igual que en  Gran Canaria, se vinculan principalmente al desarrollo urbanístico e infraestructuras. Se tratan de impactos negativos visibles y de alta significación, con claras repercusiones sobre el paisaje y el sistema ambiental.

 Por otro lado, la actividad agrícola tradicional que en los últimos años se ha abandonado parcialmente ha contribuido al deterioro y pérdidas de suelo al igual que el uso indiscriminado de fertilizantes y fitosanitarios.

También se debe considerar que en el deterioro del suelo influye la erosión debido a causas dinámicas y naturales, siendo muy significativa en ciertas zonas.

Recursos para la protección de los suelos en Valsequillo
  • Superficies protegidas y niveles de protección

En el municipio de Valsequillo se encuentran presentes diferentes figuras de protección ambiental y paisajística, pertenecientes a la Red de Espacios Naturales Protegidos de Canarias. Se debe tener en cuenta el carácter supramunicipal de los espacios Naturales Protegidos, lo cual significa que puede suceder que los espacios naturales no pertenezcan exclusivamente al municipio de Valsequillo.

Cabe destacar que en lo que se refiere a la MMMGC, Valsequillo es el municipio con mejor superficie protegida, con sólo un 42% del territorio, frente al 98% de Tejeda, que es el municipio de la MMMGC que posee una mayor extensión territorial protegida.

Fuente: Plan de Desarrollo Comarcal

  • Espacios protegidos

 

Paisaje Protegido de Las Cumbres:

La superficie que abarca este paisaje protegido es de 4329 hectáreas, integrando a los municipios de Artenara, Gáldar, Guía, Moya, Valleseco, Tejeda, San Mateo y Valsequillo.

Se trata de un espacio que ejerce un papel importante en el mantenimiento ecológico de la captación de aguas, al situarse en el sector de la cumbre de la isla, insertándose en él la mayoría de las cabeceras de los barrancos del noreste de la isla. En la mayoría de estos barrancos existen presas de ahí la importancia que supone la protección de los suelos a fin de evitar la colmatación de las charcas.

En conjunto se trata de un paisaje de cumbres y de gran belleza, donde existen elementos de gran interés geológico y geomorfológico, momo del Montañón Negro, la Caldera de Gáldar o el Roque Saucillo.

Paisaje Protegido Lomo Magullo:

La superficie que ocupa esta zona protegida es de 176 hectáreas y pertenece a los municipios de Telde y Valsequillo.

Constituye uno de los espacios protegidos de mayor valor paisajístico peculiar, al albergar un tramo de Barranco de los Cernícalos con marcado carácter rural, en donde existen áreas de cultivo tradicional y viviendas diseminadas en dos núcleos bien diferenciadas del principal de Lomo Magullo: los Arenales y la Colomba. Además del interés paisajístico tiene un elevado interés geológico al incluir parte de la erupción cuaternaria del volcán de Barros.

Monumento Natural Riscos de Tirajana:

La superficie denominada Monumento Natural riscos de Tirajana posee una superficie total de 772,2 hectáreas, e incluye los municipios de San Mateo, Tejeda, San Bartolomé, Santa Lucía y Valsequillo.

Destaca por su elevado interés geológico y geomorfológico, constituyendo un marco paisajístico de gran belleza y singularidad.

También ha sido clasificado con área de sensibilidad ecológica.

Reserva Natural de Los Marteles:

La superficie total de esta reserva natural es de 3568,7 hectáreas incluyendo a los municipios de Santa Lucía, Agüimes, Valsequillo, San Mateo, San Bartolomé de Tirajana, Ingenio, Telde y Tejeda.

La reserva posee un paisaje de gran belleza con elementos geomorfológicamente destacados, como la caldera de los Marteles o el pitón fonolítico de Roque Blanco, entre otros. El área en general juega un papel importante a la hora de mantener los procesos ecológicos esenciales como la recarga hídrica del acuífero, alberga grandes cuencas de recepción como los barrancos de San Bartolomé, Tenteniguada, Temisas, etc., por lo que lo convierte en un elemento fundamental para impedir la erosión de estas cabeceras mediante la protección de los suelos.

Recursos para la protección de los suelos en Valsequillo

El Plan General de Ordenación de Valsequillo recoge la legislación relacionada con la protección del medioambiente:

  • Ley 11/1990, de 13 de julio, de Prevención del Impacto Ecológico.

  • Reglamento de contenido ambiental de los instrumentos de planeamiento, aprobado por Decreto 35/1995, de 24 de febrero.

  • Ley 1/1999, de 29 de enero, de Residuos de Canarias.

  • Orden de 20 de febrero de 1991, sobre protección de especies de la flora vascular silvestre de la Comunidad Autónoma de Canarias.

  • Orden de 19 de julio de 1995, por la que se regulan los tipos de señales y su utilización en relación con los espacios naturales protegidos de Canarias.

  • Ley 4/1994, de 25 de abril, de Ordenación de la Actividad Comercial de Canarias.

  • Decreto 35/1995, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Contenido Ambiental de los Instrumentos de Planeamiento (B.O.C. nº 36, de 24 de marzo de 1995).

  • Decreto 237/1998, de 18 de diciembre, por el que se aprueban los Criterios Generales de Equipamiento Comercial de Canarias.

  • Ley 8/1987, de 28 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Canarias.

  • Reglamento para la aplicación de la Ley del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Canarias, aprobado por Decreto 133/1988, de 22 de septiembre.

En el municipio de Valsequillo las zonas más erosionadas suelen ser los barrancos como consecuencia de una erosión natural o bien humana, provocada por el mal uso de los senderos. Por este motivo, se están llevando a cabo algunas acciones de protección de estos barrancos, por ejemplo, el Plan Integral de Recuperación del Barranco de San Miguel.

El Barranco de San Miguel se constituye como la principal red de drenaje de la cuenca de Valsequillo al confluir en el los barrancos del Agua, Tenteniguada, Pedregal y La Aguajerada. Además el barranco de San Miguel representa parte de la oferta del patrimonio y turismo cultural que ofrece el municipio y con la recuperación del mismo se pretende conservar y difundir la gran cantidad de valores tanto en materiales arqueológicos, etnográficos e históricos, riqueza botánica etc. presentes en él.

A través de la iniciativa Agenda 21 local, se promueve una mejora de la Gestión Medioambiental. Inicialmente se propone una revisión Medioambiental, del que se elabora un Plan de Acción Ambiental Local hacia la Sostenibilidad y se genera un Sistema de Gestión Medioambiental para el Ayuntamiento que permite actuar sobre unas bases más sólidas.

Impactos de la protección del suelo en Valsequillo
  • Impacto económico

 

La existencia de estos espacios protegidos en el municipio de Valsequillo supone importantes repercusiones económicas para el municipio de manera indirecta, siempre y cuando se realice una buena gestión comercial y publicitaria de los mismos.

La existencia de todos estos espacios naturales protegidos supone un importante reclamo turístico para el municipio, y por tanto, fundamento importante de su principal pilar económico.

  • Impacto en el empleo

 

La conservación de todos los espacios naturales protegidos de Valsequillo suponen más de XXX empleos estables, de forma directa.

  • Impactos ambientales

 

Es importante considerar el uso que se le da al suelo para conocer el estado del mismo. En Valsequillo la mayor parte del suelo presenta vegetación arbustiva o herbácea (62,68%), seguida de un uso agrícola (24,81%) y finalmente construido urbanizado (3,43%). El que la mayor parte de la cobertura sea de carácter vegetal arbustiva supone un alto grado de protección del recurso del suelo. Sin embargo, uno de los factores contaminantes del suelo es el uso de productos químicos para el cultivo de la fresa, tan abundante en el municipio, por lo que debe se debe establecer un equilibrio entre la producción, tan importante para Valsequillo, y la protección del suelo evitando estos productos.

El municipio de Valsequillo destaca por la amplia oferta de senderos, sobre todo por el Camino del Tajinaste Azul. Existe una normativa de la EP que indica que no se debe sobrepasar las 40 personas día de visita, sin embargo esto no se cumple, provocando la consecuente sobreexplotación de los senderos.

La Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial, mediante Decreto 147/2007, de 24 de mayo, regula el régimen jurídico de los suelos contaminados en la Comunidad Autónoma de Canarias y crea el Inventario de Suelos Contaminados de Canarias. Con este decreto, todos los suelos de Canarias, incluyendo el de Valsequillo, son estudiados anualmente para determinar su nivel de contaminación. En el caso de esta isla, pocos son los elementos de riesgo encontrados (como almacenamiento masivo de productos dañinos para el suelo, vertidos tóxicos, etc.).

II. PROTECCIÓN DEL AGUA EN VALSEQUILLO
Necesidades de protección del agua en Valsequillo

En la Mancomunidad de Municipios de Medianías de Gran Canaria los recursos hídricos son mayoritariamente de origen subterráneo y superficial. Los recursos subterráneos proceden de manantiales, galerías y pozos lo que implican una gran calidad  de caudal de agua disponible. El paulatino abandono de las diferentes captaciones subterráneas son consecuencia de los descensos registrados en los niveles piezométricos de los acuíferos ha conducido a perdidas de caudal en unos y otros se han secado.

El 85% del consumo de agua en el municipio de Valsequillo es procedente de recursos subterráneos del mismo con lo que se observa una fuerte dependencia de estas aguas en el municipio.

Las mayores amenazas sobre las aguas basales del municipio son  provocadas en mayor medida por la sobreexplotación de las mismas y vertidos de aguas fecales. Otros posibles factores que pueden implicar una contaminación directa de estas aguas es la inexistencia de alcantarillado en algunas zonas del municipio, la presencia de la quesería y explotaciones ganaderas dispersas.

Para el almacenamiento de los recursos superficiales se han construido gran cantidad de presas con el fin de aprovechar al máximo las aguas de las escorrentías de las principales cuencas hidrográficas y el municipio de Valsequillo cuenta con tres, siendo la de mayor relevancia la de Cuevas Blancas con una capacidad de 424.000 m3, procedente del Barranco de Cuevas Blancas.

Recursos de protección del agua en Valsequillo
  • Legislación

 

Aplicable a la protección de  aguas terrestres.

  • Directiva 1991/676/CEE del Consejo, de 12 de diciembre de 1991, relativa a la protección de las aguas contra la contaminación producida por nitratos utilizados en la agricultura.

  • Real Decreto  1514/2009, de 2 de octubre, por el que se regula la protección de las aguas subterráneas contra la contaminación y el deterioro

  • Real Decreto 261/1996, de 16 de febrero, sobre protección de las aguas contra la contaminación producida por los nitratos procedentes de fuentes agrarias.

  • Decreto 49/2000, de 10 de abril, por el que se determinan las masas de agua afectadas por la contaminación de nitratos de origen agrario y se designan las zonas vulnerables por dicha contaminación

 
  • Medios de protección

El principal medio para la protección para del agua en el municipio es la recogida de aguas residuales para evitar su vertido a pozoos negros

Se desconoce la presencia de otros medios para la protección de las aguas en el municipio.

Acoplamiento necesidades y recursos de protección del agua en Valsequillo
  • Todas las aguas de Valsequillo que necesitadas de protección se encuentran protegidas por las legislaciones vigentes, aun cuando los medios de protección son insuficientes
Impactos de la protección del agua en Valsequillo
  • Impactos económicos

El principal impacto del agua en Valsequillo lo constituye su venta  por los propietarios de pozos, galerías y embalses, tanto para su consumo interior como para el consumo en telde. Sin embargo no se han encontrado datos sobre estos valores

  • Impacto en el empleo

No se han encontrado datos sobre el empleo generado por el agua en el municipio

III. PROTECCIÓN DEL AIRE EN VALSEQUILLO
Necesidades de protección del aire en Valsequillo

De acuerdo al Plan de Actuación de Calidad del Aire, vasado en el Real Decreto 1073/2002, de 18 de Octubre, sobre la evaluación y gestión de la calidad del aire ambiente en relación con el dióxido de nitrógeno, óxidos de nitrógeno, partículas, plomo, benceno y monóxido de carbono así como el Real Decreto 1796/2003, de Diciembre, relativo al ozono en el aire ambiente la calidad del aire  en el sector en el que se ubica Valsequillo, ES0504, la calidad del aire es buena, mostrando niveles de aceptables  en los principales parámetros (SO2, NO2 y NOx, inferiores a los límites permitidos) situación que se explica fundamentalmente por la interrelación de dos factores: la baja actividad industrial, con volúmenes de emisión muy moderados, y la acción del viento, agente atmosférico muy presente en la isla y que actúa como un factor de dispersión natural.

 

Sin embargo, resultan especialmente relevantes las concentraciones de partículas en suspensión (PM10) que si se encontraban por encima de los valores diarios permitidos, sobre todo durante los episodios de calima por la llegada del aire sahariano, aunque el valor medio anual se encuentra por debajo de los valores permitidos. Por otro lado, Valsequillo, al igual que el resto de gran Canaria, no representan ningún problema en cuanto al ozono.

Recursos de protección del aire en Valsequillo
  • Legislativos

Comunitaria

  • Se rige  por la Directiva 2008/50/CE

Estatal

  •  Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera (reducir la contaminación transfronteriza, proteger la capa de ozono, combatir el cambio climático)

  • Real Decreto 1073/2002, de 18 de octubre, sobre evaluación y gestión de la calidad del aire ambiente en relación con el dióxido de de azufre, dióxido de nitrógeno, óxidos de nitrógeno, partículas, plomo, benceno y monóxido de carbono.

  • Real Decreto 1796/2003, de 26 de diciembre, relativo al ozono en el aire ambiente. Real Decreto 508/2007, de 20 de abril, por el que se regula el suministro de información sobre emisiones del Reglamento E-PRTR y de las autorizaciones ambientales integradas.

  • Real decreto 812/2007, de 22 de junio, sobre evaluación y gestión de la calidad del aire ambiente en relación con el arsénico, el cadmio, el mercurio, el níquel y los hidrocarburos aromáticos policíclicos.

  • Decreto 833/1975, de 6 de febrero, por el que se desarrolla la Ley 38/1972, de 22 de diciembre, (Ley derogada), de protección del ambiente atmosférico.

Autonómica

  • Orden de 17 de diciembre de 2008, por la que se aprueba el Plan de Actuación de Calidad del Aire de la Comunidad Autónoma de Canarias.

  • Orden de 1 de febrero de 2008, por la que se aprueba la zonificación para la evaluación de la calidad del aire en la Comunidad Autónoma de Canarias.

  • Ley 3/2009, de 24 de Abril, de la Agencia Canaria de Desarrollo Sostenible y Cambio Climático.

  • Acciones de protección de la atmósfera
  • Plan de Impulso del Medio Ambiente (PIMA): Plan para la reducción de las emisiones de gases contaminantes, mediante la renovación del parque de vehículos comerciales por otros menos contaminantes. Se rige por el Real Decreto 89/2013 de 8 de febrero, por el que se regula la consicón directa de Ayudas del Plan de Impulso al Medio Ambiente para la adquisición de vehículos comerciales.

  • SABIA: es un sistema de Información para la tramitación telemática de los procedimientos de evaluación ambiental y tiene como objetivo mejorar la gestión de las evaluaciones ambientales aglutinando las bases de datos de expedientes de evaluación ambiental, planes etc.

  • Sistema Español de Inventario: El Sistema Español de Inventario y Proyecciones de Emisiones de Contaminantes a la Atmósfera se desarrolla con el fin de evaluar y actualizar anualmente las emisiones antropogénicas por fuentes y la absorción de sumideros, así como sus proyecciones, de los gases de efecto invernadero regulados por el Protocolo de Kyoto del Convenio Marco sobre Cambio Climático, así como otros contaminantes regulados por el Convenio de Ginebra de Contaminación Atmosférica Transfronteriza a Larga Distancia y la Directiva de Techos Nacionales de Emisión, de acuerdo con los criterios y normas internacionales y comunitarias vigentes.

  • Recursos Materiales

En el caso de Valsequillo, no existe ninguna estación para la evaluación de la calidad del aire ya que estas estaciones no se disponen aleatoriamente sino que son ubicadas de acuerdo con la población y ecosistemas existentes, las diferentes fuentes de emisión, características climatológicas y topografía etc. y Valsequillo no se trata en ningún caso de una zona de riesgo.

Los valores de control de la calidad del aire se llevan a cabo  en los centros ubicados en la isla de Gran Canaria. El Centro de Seguimiento de Emisiones de Canarias, con sede en Gran Canaria (que comprende 4 redes de análisis de la calidad del aire UNELCO, CEPSA, Sanidad y Medio Ambiente) que contralan las emisiones y determinan el grado de contaminación my el Centro Meteorológico de Las Palmas de Gran Canaria

Acoplamiento entre necesidades y recursos de protección del aire en Valsequillo

De acuerdo con el Plan de Actuación de Calidad del aire de la Comunidad Autónoma de Canarias, se contempla la evaluación de la calidad del aire exigida por normativa, aplicada a las diferentes zonas definidas en función de diversas características. En el caso de gran Canaria su zona  es ES0504.

Los resultados de este efectuados en 2008 estudio fueron los siguientes:

  • Partículas PM10: en lo que respecta a la superación del valor límite anual de esta partícula,  se registraron 13 superaciones en Canarias, descontando los aumentos de esta partícula por intrusiones saharianas de polvo, sin embargo, a partir de este año no se han vuelto a registrar ninguna superación del valor límite permitido..

Partículas PM10 en Canarias, estaciones que superan el valor límite

Fuente: Informe de la Coyuntura Atmosférica y calidad del Aire en Canarias

-      Partículas PM2,5: no se han registrado

-      Dióxido de Nitrógeno (NO2) : no se ha registrado

-      Dióxido de azufre (SO2): no se ha registrado

-      Ozono (O3): El valor objetivo para el ozono se establece en una concentración máxima de 120 μg/m³,

como promedio de las medias octohorarias del día, valor que no deberá superarse más de 25 días por cada año civil de promedio en un periodo de 3 años. El umbral de información está establecido en 180 µgrm3 y el de alerta en 240 µgrm3. En el caso de Gran Canaria, se registran superaciones del valor objetivo a largo plazo para la protección de la salud humana en algunos momentos: en el año 2011 se registraron 4 superaciones, en el 2012 27 superaciones, en el siguiente año 23 y finalmente en el 2014 30 superaciones, siendo la zona de canarias con mayor número de superaciones de O3 en el último año.

Impactos de protección del aire en Valsequillo
  • Impacto económico

 

No se han encontrado datos sobre el impacto económico de la protección del aire en el municipio

  • Impacto en el empleo

 

No se han encontrado datos sobre el impacto en el empleo de la protección del aire en el municipio  

IV. PROTECCIÓN DEL ESPACIO ACÚSTICO
  • En el municipio de Valsequillo no se hace necesario el análisis del espacio sonoro ya que los mapas estratégicos de ruido (MER), elaborados a nivel Canarias, solo se realizan para aquellas zonas (carreteras) que soportan un tráfico superior a los seis millones de vehículos al año y aglomeraciones con más de 250.000 habitantes.
V. PROTECCIÓN DEL ESPACIO LUMÍNICO EN VALSEQUILLO

La situación del especio lumínico en el municipio de Valsequillo no presenta ningún problema, dado que no existen actividades que obliguen a restringir la radiación directa y de fondo emitida por las luminarias de los espacios públicos

Sin embargo, para el control en Canarias de la contaminación lumínica se propone que toda nueva instalación de alumbrado de exteriores debe estar acompañada por un informe técnico preceptivo emitido por el IAC, de modo que la nueva instalación cumpla con la normativa.

Para reducir la contaminación lumínica, la Ley 34/2007 de calidad del aire y protección de la atmósfera sugiere lo siguiente:

  • Promover un uso eficiente del alumbrado exterior, sin menoscabo de la seguridad que debe proporcionar a los peatones, los vehículos y las propiedades.

  • Preservar al máximo posible las condiciones naturales de las horas nocturnas en beneficio de la fauna, la flora y los ecosistemas en general.

  • Prevenir, minimizar y corregir los efectos de la contaminación lumínica en el cielo nocturno, y, en particular en el entorno de los observatorios astronómicos que trabajan dentro del espectro visible.

  • Reducir la intrusión lumínica en zonas distintas a las que se pretende iluminar, principalmente en entornos naturales e interior de edificios.

El Real Decreto 1890/2008, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de eficiencia energética en instalaciones de alumbrado exterior y sus Instrucciones técnicas complementarias EA-01 a EA-07 que plantea una serie de medidas principalmente desde la perspectiva del ahorro energético, y para limitar el resplandor luminoso nocturno o contaminación luminosa y reducir la luz intrusa o molesta.

VI. PROTECCIÓN DEL ESPACIO RADIOELÉCTRICO EN VALSEQUILLO

El municipio de valsequillo está sometido a tres tipos de contaminación radioeléctrica: la radiofrecuencia de fondo, las antenas de telefonía móvil y la línea de alta tensión.

En cuanta a la radiofrecuencia de fondo el municipio, al igual que el resto de municipios de Canarias, está protegido por la realización periódica de medidas de fondo de radioinfluencia en los observatorios del Teide y El Roque de los Muchachos y por un equipo operativo, automático, de registro de niveles que funciona las 24 horas a fin de detectar frecuencias con niveles superiores a los establecidos por Ley.

En cuanto a las radiaciones procedentes de las antenas de telefonía y la línea de alta tensión se desconoce la existencia de medidas puntuales pero, al igual que el resto de Canarias, es de suponer que se  encuentran por debajo del nivel de daño de acuerdo a los parámetros actuales

Ancla 4

ANÁLISIS DAFO DEL EJE

A partir de los datos globales y de Valsequillo analizados, y de los indicadores de referencia, se obtiene el siguiente diagnóstico del eje de la protección del patrimonio abiótico en el municipio:

I. SUELO

   Debilidades

-      Fuerte erosión en gran parte del suelo de Valsequillo

-      Abandono de importantes zonas agrícolas del municipio.

-      Falta de cubierta vegetal en las zonas bajas

-      Suelo pobre en materia orgánica en algunas zonas.

-      Mediana pluviométrica anual.

-      Excesiva generación de residuos (sistemas intensivos, vertederos incontrolados etc)

-      No existe control de las actividades económicas, presión urbanística, turismo etc sobre el medio natural

-      Insuficiente oferta de educación ambiental

-      Escaso uso de los recursos naturales como activo del desarrollo económico rural

-      Escaso nivel de planificación de uso y gestión de los Espacios Naturales Protegidos (ausencia de oficinas de gestión)

-      Falta de entendimiento entre la administración ambiental y los propietarios del suelo a la hora de gestionar los valores ecológicos del territorio

-      Contaminación de los suelos por abuso de pesticidas y empleo de aguas de mala calidad para riego

   Amenazas

-      Deterioro del medio rural por abandono del mismo por la población

-      Presiones especulativas urbanísticas sobre el medio rural

-      Contaminación del subsuelo debido a malas prácticas agrícolas y ganaderas

   Fortalezas

-      Mediana, pero suficiente, disponibilidad de suelo para la construcción

-      Red viaria suficiente para acceder a las zonas forestales del municipio.

-      Alta calidad paisajística en las zonas de medianías y altas

-      Existencia de un Plan Estratégico de Desarrollo Sostenible Integral

   Oportunidades

-      La crisis energética (y las nuevas tecnologías energéticas renovables) puede brindar nuevas oportunidades de cara a la protección del patrimonio abiótico

-      Incremento de la demanda de bienes agrícolas y ganaderos que permite recuperar terrenos baldíos.

-      Posibilidades de aplicar técnicas de reciclaje de materia orgánica.

-      Fondos Europeos.

-      Existencia de una estrategia contra el cambio climático

-      Sinergias derivadas de la existencia de un Plan Estratégico de Desarrollo Sostenible Integral

Conclusión

Del análisis DAFO se desprende que los suelos del municipio de Valsequillo presentan ciertas debilidades, así como amenazas medianas (aún cuando, paradójicamente, una crisis generalizada, especialmente sobre el sector de la construcción, puede suavizar tales amenazas, tanto por la disminución de la presión constructora sobre el terreno como por la vuelta a los cultivos de huerta en el interior de la isla).

Las fortalezas no son elevadas, pero las oportunidades si son importantes, si se gestionan adecuadamente. En este sentido, la existencia de un Plan de Desarrollo Sostenible Integral puede ser fundamental.

II. PROTECCIÓN DEL AGUA

   Debilidades

-      La disponibilidad de aguas subterráneas dependen mucho del régimen de lluvias

-      Las galerías de agua no permiten el control del caudal extraído

-      Las aguas subterráneas se están salinizando progresivamente

-      Existencia de vertidos de aguas residuales en algunos puntos del municipio

-      Existencia de vertidos no depurados en interior del municipio

-      Los barrancos contaminados arrastran residuos al mar

-      Contaminación de acuíferos por bajos niveles de depuración y reutilización de aguas residuales

-      Sobreexplotación de acuíferos que aumenta la salinización y sodificación de las aguas subterráneas

-      Excesiva canalización de las aguas superficiales

   Amenazas

-         Incrementos de las sequías puede disminuir las reservas de aguas fósiles y perjudicar su calidad

-         Posibles fallos en los sistemas de recogida de aguas residuales puede contaminar los acuíferos

   Fortalezas

-         Alta calidad de las aguas naturales en la mayoría de las zonas del municipio.

-         Extracción controlada de las aguas basales del municipio

-         Existencia de un Plan estratégico de desarrollo Sostenible Integral

   Oportunidades

-      En empleo de energías renovables abundantes en Gran Canaria para la depuración de aguas residuales, incluyendo su tratamiento terciario, y la desalación de agua de mar, puede hacer disminuir la presión sobre los acuíferos del interior de la isla, incluyendo los del municipio de Valsequillo.

-      El bombeo de aguas desaladas a partir de energía eólica en las zonas costeras de alto potencial de Gran Canaria hasta las zonas bajas más pobladas del municipio puede evitar, llegado el caso, una excesiva presión sobre el acuífero del municipio.

-      Existe una gran concienciación de la población de Valsequillo en relación a mantener la calidad de las aguas naturales

-      Sinergias derivadas de la existencia de un Plan estratégico de desarrollo Sostenible Integral

Conclusión

Del análisis DAFO se desprende que las aguas naturales del municipio de Valsequillo no presentan debilidades importantes, ninguna insalvable, así como tampoco amenazas no muy elevadas.

Las fortalezas son importantes, y las oportunidades también, si se gestionan adecuadamente. En este sentido, la existencia de un Plan de Desarrollo Sostenible Integral puede ser fundamental.

Ancla 5

OBJETIVOS

De acuerdo al diagnóstico anterior, se han definido los siguientes objetivos generales para este eje:

  • Convertir el municipio de Valsequillo en una comunidad “avanzada” en todos los aspectos relacionados con la protección del aire, el agua y el suelo.

  • Convertir la protección del patrimonio natural abiótico en fuente de nuevas empresas y empleo

  • Dotar de nuevas señas de identidad a Valsequillo en este contexto.

  • Aumentar los niveles actuales de empleo en el sector

  • Aumentar la aportación del sector al PIB del municipio, de la isla y de la región

Ancla 6

ESTRATEGIAS

Para la consecución de tales objetivos se han definido las siguientes estrategias:

  • Asociar la protección de este patrimonio abiótico con el desarrollo sostenible, la mejora de la calidad de vida y la creación de riqueza y de empleo.

  • Asociar la protección del patrimonio abiótico a una “nueva seña de identidad” de Valsequillo, tanto de cara a sus propios residentes, como mucho más de cara al exterior.

  • Conseguir que los espacios exteriores, públicos o no, del municipio sean considerados la casa común de todos sus habitantes.

Ancla 7

ACCIONES PROPUESTAS

A partir del análisis DAFO, y para cubrir los objetivos señalados, se plantean la ejecución del siguiente conjunto de acciones o medidas:

Es importante recordar que estas acciones pueden quedar modificadas, recortadas o ampliadas en las sucesivas etapas de la confección del Plan Estratégico de Desarrollo Sostenible Integral. Así mismo, las acciones que precisen una mayor aclaración para su completa comprensión se encuentran en el ANEXO A

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ÁREA DE PARTICIPACIÓN DEL EJE

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